La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA – encargada de dar trámite a las licencias y permisos ambientales que eran competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, así como de prestar servicios de evaluación y seguimiento ambiental de diversos proyectos, actualizó el pasado 16 de diciembre algunas tarifas de las tasas que cobra a sus contribuyentes como recuperación total o parcial de los costos de los servicios que presta.
Al respecto, es importante tener en cuenta que las directrices y el método de cálculo para llevar a cabo esta labor fueron definidas por el Congreso de la República a través la Ley 344 de 1996, modificada por la Ley 633 de 2000.
De conformidad con los parámetros mencionados, la ANLA a través de la Resolución 324 de 2015 fijó las tarifas y método de cálculo para el cobro de sus servicios (evaluación, seguimiento y control ambiental) diseñando para el efecto unas tablas que involucran variables como dedicación mensual de su personal y cantidad de profesionales a cargo para cada trámite, garantizando la idónea y eficaz prestación de sus servicios.
De conformidad con lo expuesto, la mencionada Autoridad Ambiental acaba de ajustar la Resolución 324, a través de la Resolución 2039 de 2020, teniendo en cuenta, entre otras, las siguientes variables:
Cantidad de profesionales que requiere para la prestación idónea y eficaz del servicio de seguimiento ambiental de instrumentos de control y manejo por su complejidad técnica y jurídica.
Inclusión de permisos, autorizaciones o trámites ambientales que son susceptibles de cobro, como es el caso de las actividades de revisión y verificación técnica y jurídica de las solicitudes de pronunciamiento sobre cambios menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de los proyectos licenciados; así como lo referente al control sobre la implementación y actualización del plan individual o colectivo de gestión ambiental de los residuos de envases y empaques de papel, cartón, plástico, vidrio y metal que no se encontraban incluidos dentro de la anterior disposición normativa.
Modificación de las estructuras de cobro previstas para liquidar los servicios de evaluación y seguimiento ambiental sobre los proyectos que integran el sector minero quedando compuestas por 10 profesionales (físico, biótico, social, especialistas de aire, geotecnista, agua, contingencias, valorador económico, geomática, revisor o líder técnico abogado y revisor líder jurídico)
Unificación de la tarifa asociada al seguimiento a los Planes de Gestión de devolución de productos Posconsumo.
Se espera que con estos incrementos en los cobros a los contribuyentes, la gestión de la ANLA mejore en términos de eficacia, eficiencia, oportunidad y rigor técnico, aspectos indispensables para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, así como para posibilitar la adecuada gestión, manejo y control de los recursos naturales del país.
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