top of page
Buscar
legambiental

Registro de elementos publicitarios en mogadores y carteleras locales: Resolución 3872 de 2022



El pasado 12 de septiembre la Secretaría Distrital de Ambiente a través de esta resolución estableció las características, condiciones y requisitos que deben atender los elementos de publicidad exterior visual instalados en mobiliario urbano tipo mogador o cartelera local en el Distrito Capital.


En primer término es importante recordar las definiciones específicas de este tipo de mobiliario, como se observa a continuación:


De acuerdo con lo regulado, se encuentran las siguientes particularidades frente a los elementos a instalar:

  • Se permite que las carteleras locales o mogadores cuenten con contenido publicitario itinerante (variable en el tiempo).

  • Los afiches o carteles instalados pueden contar con innovación tecnológica.

  • Cuando se instalen en áreas de influencia de Bienes de Interés Cultural del grupo urbano o arquitectónico de la ciudad tendrán que contar con concepto previo del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.

  • Previo a su instalación, deberán contar con el registro de Publicidad Exterior Visual otorgado por la Secretaría Distrital de Ambiente.

  • Los afiches o carteles registrados, deben ser retirados dentro dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al vencimiento del término de vigencia del registro.


¿Crees que es necesario que se regulen este tipo de elementos en vocación de economía circular, con cuestiones como el tipo de materiales, su durabilidad, los impactos asociados a su ciclo de vida, las emisiones contaminantes que dejan a su paso, su reciclaje, entre otras?


Con este tipo de disposiciones normativas se regula el paisaje como recurso natural respecto del cual se debe garantizar su manejo armónico, procurando a la vez hacer frente a la contaminación visual que predomina en algunos de los municipios y ciudades del país. ¿En tu territorio ya se encuentra regulado este recurso desde la óptica de los elementos de publicidad exterior visual?


Para conocer el contenido completo de esta disposición normativa en estudio, puedes acceder a:

https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=128658


1229 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page